Los vencimientos para presentar la declaración de renta de personas naturales comenzarán en agosto. Conocer si está obligado a declarar y evitar errores comunes puede ahorrarle sanciones, intereses y problemas con la DIAN.
Con el inicio del segundo semestre del año, miles de colombianos comienzan a prepararse para cumplir una de las principales obligaciones tributarias: la declaración de renta para personas naturales. Aunque muchos la asocian automáticamente con el pago de impuestos, la realidad es que declarar y pagar no son sinónimos.
De acuerdo con Brandon Espinel, profesor de la Universidad del Rosario y asesor de Esguerra JHR, la declaración de renta es un informe mediante el cual cada contribuyente reporta su situación económica a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), permitiendo determinar si existe o no un impuesto por pagar.
Con la proximidad de los vencimientos, conocer quiénes están obligados a declarar, cuáles son los principales errores y qué aspectos revisar antes de diligenciar el formulario puede evitar sanciones económicas y complicaciones futuras.
¿Qué es la declaración de renta?
La declaración de renta es un documento electrónico que se presenta a través del sistema MUISCA de la DIAN y que refleja la situación patrimonial y financiera de una persona al 31 de diciembre del año gravable anterior.
En este documento se reportan los bienes, las deudas, los ingresos, los gastos y demás movimientos económicos registrados durante el año. Con esa información, la autoridad tributaria calcula si existe un impuesto a cargo del contribuyente.
Espinel explica que se trata de una especie de “fotografía” financiera que permite conocer el estado fiscal de cada ciudadano al cierre del año.
¿Quiénes deben presentar la declaración de renta?
Uno de los errores más frecuentes es creer que todos los colombianos deben declarar renta. Sin embargo, únicamente están obligadas las personas que, al cierre del año gravable 2025, cumplan al menos uno de los siguientes requisitos:
- Tener un patrimonio bruto igual o superior a aproximadamente 224 millones de pesos.
- Haber obtenido ingresos iguales o superiores a 69,7 millones de pesos.
- Haber realizado compras o consumos por 69,7 millones de pesos o más.
- Registrar consignaciones, depósitos o movimientos bancarios que superen los 69,7 millones de pesos.
En este último punto, el experto hace una advertencia importante: las transferencias realizadas entre cuentas propias también hacen parte de esos movimientos financieros.
Por ello, una persona podría superar el límite establecido simplemente trasladando dinero entre diferentes entidades bancarias, sin que ello signifique un incremento real de su patrimonio.
Declarar no significa pagar impuestos
Otro de los mitos más extendidos es pensar que toda persona que presenta la declaración necesariamente debe pagar.
Espinel aclara que la declaración es únicamente un reporte de información. El impuesto solo se genera cuando, después del análisis realizado por la DIAN, existe una renta gravable sobre la cual corresponde aplicar las tarifas establecidas por la ley.
Cuando hay impuesto a cargo, este se liquida de manera progresiva, con tarifas que pueden comenzar alrededor del 19 % y llegar hasta el 37 %, dependiendo del nivel de ingresos y de la base gravable del contribuyente.
En muchos casos, las personas presentan la declaración y el resultado final arroja un saldo en cero o incluso un saldo a favor.
¿Qué pasa si no presenta la declaración?
No cumplir con esta obligación puede traer consecuencias importantes.
La DIAN cuenta con mecanismos de cruce de información provenientes de entidades financieras, empleadores, notarías y otras fuentes oficiales, lo que le permite identificar fácilmente cuándo una persona estaba obligada a declarar y no lo hizo.
En esos casos, la entidad puede iniciar procesos administrativos que incluyen:
- Sanciones económicas.
- Liquidación del impuesto correspondiente.
- Cobro de intereses de mora.
- Procesos de fiscalización.
Por esta razón, los especialistas recomiendan que, si una persona descubre que incumplió con la obligación, regularice su situación lo antes posible para evitar que las sanciones continúen aumentando.
Cada año se analiza por separado
Otro aspecto que suele generar confusión es pensar que quien declaró una vez deberá hacerlo siempre.
La realidad es diferente.
La obligación se determina de forma independiente cada año, según la situación económica del contribuyente durante el periodo gravable correspondiente.
Es decir, una persona pudo haber declarado renta el año anterior y no estar obligada en el siguiente, o viceversa.
¿Cuándo comienzan los vencimientos?
El calendario tributario para personas naturales inicia en agosto y se extiende hasta octubre.
La fecha exacta depende de los dos últimos dígitos del documento de identidad, de acuerdo con el cronograma oficial publicado por la DIAN.
Por ello, los expertos recomiendan revisar con anticipación el calendario, reunir toda la documentación financiera y evitar dejar el trámite para el último momento.
Prepararse con tiempo permite corregir inconsistencias, verificar la información reportada y cumplir oportunamente con una obligación que, aunque genera preocupación entre muchos contribuyentes, puede realizarse sin contratiempos cuando se cuenta con la información adecuada.

