El presidente reaccionó al veredicto que favoreció al coronel retirado en un proceso civil relacionado con la muerte del magistrado Carlos Horacio Urán
El presidente Abelardo De La Espriella reaccionó al fallo de un jurado federal de Miami que decidió a favor del coronel retirado Luis Alfonso Plazas Vega en el proceso civil relacionado con la muerte del magistrado auxiliar del Consejo de Estado Carlos Horacio Urán Rojas, ocurrida después de la toma y retoma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.
La decisión fue conocida el 17 de septiembre de 2026, después de más de tres horas de deliberación. El jurado determinó de manera unánime que Plazas Vega no era civilmente responsable por las reclamaciones formuladas por las hijas del magistrado, quienes habían presentado la demanda en Estados Unidos.
Un día después, De La Espriella publicó un mensaje en sus redes sociales para celebrar el resultado. El mandatario escribió: “Se hizo justicia con un héroe de la Patria. ¡Que viva Cristo Rey!”, en referencia al fallo que favoreció al oficial en retiro.
El resultado en Miami constituye un nuevo capítulo en un caso que durante décadas ha generado procesos judiciales, investigaciones y distintas interpretaciones sobre lo ocurrido durante la operación militar de recuperación del Palacio de Justicia.
¿Qué dijo Abelardo De La Espriella sobre Plazas Vega?
La reacción del presidente no comenzó con el veredicto de Miami.
Días antes del inicio del juicio, De La Espriella ya había expresado públicamente su respaldo al coronel retirado y había pedido al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la embajadora de Colombia en Estados Unidos evaluar la situación jurídica que enfrentaba Plazas Vega.
En esa oportunidad, el presidente afirmó que el coronel era un “héroe de la patria” y sostuvo que, después de haber sido absuelto en Colombia, enfrentaba un nuevo escenario judicial fuera del país. También pidió que el Estado acompañara al oficial en el proceso que se adelantaba en Florida.
El pronunciamiento generó atención porque el proceso estadounidense estaba relacionado con uno de los episodios más sensibles de la historia reciente de Colombia: la toma del Palacio de Justicia por el M-19 y la posterior operación militar de retoma.
Con el veredicto del jurado, el presidente volvió a pronunciarse y calificó el resultado como justicia para Plazas Vega.
¿Qué decidió exactamente el jurado de Miami?
El proceso que llegó a juicio en Florida fue de naturaleza civil.
La demanda fue presentada en 2022 por Helena Urán Bidegain, Xiomara Urán y Mairée Urán Bidegain, hijas de Carlos Horacio Urán. Las demandantes buscaban establecer responsabilidad civil de Plazas Vega por hechos relacionados con la tortura y muerte de su padre.
El juicio comenzó formalmente el 8 de septiembre de 2026 ante el Tribunal del Distrito Sur de Florida.
Después de escuchar las pruebas y los testimonios presentados por las partes, el jurado deliberó durante aproximadamente tres horas y emitió un veredicto unánime favorable a Plazas Vega.
Por tratarse de una demanda civil, el proceso no tenía como consecuencia una pena de prisión. La discusión estaba relacionada con la eventual responsabilidad civil del exmilitar y con las reclamaciones económicas que podían derivarse de ella.
Por eso, aunque varios titulares periodísticos han utilizado expresiones como “inocente” o “absuelto”, jurídicamente es importante precisar que el resultado corresponde a un juicio civil en Estados Unidos.
¿Quién era Carlos Horacio Urán?
Carlos Horacio Urán Rojas era magistrado auxiliar del Consejo de Estado y se encontraba en el Palacio de Justicia durante los hechos del 6 y 7 de noviembre de 1985.
La historia del magistrado es uno de los puntos centrales del proceso porque, según las pruebas discutidas durante el juicio, Urán fue visto saliendo con vida del edificio después de la retoma militar.
La demanda presentada en Estados Unidos sostuvo que posteriormente habría sido sometido a tortura y ejecutado extrajudicialmente.
Las hijas del magistrado utilizaron esos hechos como fundamento de la acción civil presentada ante la justicia estadounidense.
Durante el juicio se presentaron diferentes elementos probatorios relacionados con las circunstancias de su salida del Palacio de Justicia y su posterior muerte.
Entre las pruebas mencionadas por medios que cubrieron el proceso estuvieron un video en el que Urán aparece saliendo herido pero con vida del edificio y otros elementos relacionados con la investigación de lo ocurrido después de la retoma.
¿Por qué Plazas Vega fue llevado a juicio en Estados Unidos?
El proceso estadounidense se originó después de que Plazas Vega se radicara en Florida.
Las hijas de Urán presentaron en 2022 una demanda bajo la Torture Victim Protection Act (TVPA), una legislación estadounidense que permite determinadas acciones civiles contra personas señaladas de responsabilidad en actos de tortura o ejecuciones extrajudiciales cometidos bajo autoridad estatal extranjera.
El expediente quedó radicado ante el Tribunal del Distrito Sur de Florida bajo el caso 22-CV-60338-RAR.
La existencia de este proceso no significaba que Plazas Vega estuviera enfrentando nuevamente una condena penal por los mismos hechos.
El objetivo era determinar si podía existir responsabilidad civil frente a las reclamaciones planteadas por las hijas del magistrado.
Ese aspecto explica por qué el caso pudo avanzar en Estados Unidos incluso después de que Plazas Vega hubiera enfrentado un proceso penal en Colombia.
¿Qué había ocurrido con Plazas Vega en Colombia?
Antes del proceso de Miami, Plazas Vega ya había enfrentado una larga batalla judicial en Colombia por hechos relacionados con la retoma del Palacio de Justicia.
Según los antecedentes citados por medios colombianos, inicialmente recibió una condena de 30 años de prisión relacionada con la desaparición de personas durante los hechos de 1985.
Posteriormente, la Corte Suprema de Justicia lo absolvió en ese proceso.
Ese antecedente fue uno de los argumentos utilizados por la defensa de Plazas Vega durante el proceso estadounidense.
La situación, sin embargo, era jurídicamente distinta porque el expediente de Florida correspondía a una demanda civil y estaba centrado particularmente en la muerte del magistrado Carlos Horacio Urán.
¿Qué alegaban las hijas del magistrado?
Las demandantes sostenían que Plazas Vega tenía una posición de autoridad dentro de la estructura militar que participó en la operación de retoma y que esa posición podía generar responsabilidad por los hechos ocurridos posteriormente.
La demanda planteaba que el entonces comandante de la Escuela de Caballería habría tenido autoridad sobre personal militar involucrado en las acciones posteriores a la salida de los rehenes del Palacio.
La discusión sobre la llamada responsabilidad de mando fue, por tanto, uno de los elementos centrales del proceso.
La defensa de Plazas Vega negó las acusaciones y sostuvo que el oficial no había participado ni ordenado la tortura o muerte del magistrado.
Finalmente, el jurado consideró que las demandantes no lograron demostrar la responsabilidad civil reclamada bajo el estándar aplicable al proceso.
El caso estuvo marcado por documentos y testimonios
El juicio desarrollado en Miami reunió diferentes testimonios y elementos relacionados con los hechos de 1985.
Según los reportes del proceso, las demandantes presentaron más de una veintena de testigos, mientras que la defensa también presentó sus propios testimonios.
Entre los elementos discutidos estuvieron documentos, registros militares, imágenes y testimonios relacionados con la salida de Urán del Palacio de Justicia y las circunstancias posteriores.
La decisión del jurado llegó después de aproximadamente tres horas de deliberación, tras varios días de juicio.
El resultado fue favorable a Plazas Vega en las reclamaciones planteadas por las hijas del magistrado.
¿Qué significa el fallo para Plazas Vega?
El resultado significa que, en este proceso civil específico, el jurado no encontró responsabilidad civil de Plazas Vega frente a las reclamaciones formuladas por las demandantes.
No obstante, el fallo debe entenderse dentro del ámbito particular del proceso estadounidense.
El caso no constituye una nueva sentencia penal en Colombia ni modifica por sí mismo las decisiones que previamente adoptaron los tribunales colombianos.
Tampoco elimina las distintas investigaciones históricas y judiciales que durante décadas han examinado los hechos ocurridos durante la toma y retoma del Palacio de Justicia.
La decisión sí representa, sin embargo, un resultado judicial favorable para el coronel retirado en el proceso civil que enfrentó en Florida.
¿Qué dijo Plazas Vega después del fallo?
Tras conocer la decisión, Plazas Vega manifestó que consideraba cerrado su panorama judicial y agradeció el resultado.
En declaraciones posteriores, afirmó que el jurado había fallado de manera unánime a su favor y sostuvo que durante décadas había defendido su inocencia.
También hizo referencia al dolor de la familia Urán y expresó su propia interpretación sobre los responsables de la muerte del magistrado. Esas afirmaciones corresponden a la posición de Plazas Vega y no deben confundirse con una nueva determinación judicial sobre la responsabilidad histórica por los hechos.
En una entrevista publicada posteriormente, el coronel retirado señaló además que no tenía actualmente procesos civiles o penales pendientes, según su propia declaración.
¿Qué relación tiene el fallo con el Gobierno de Abelardo De La Espriella?
El caso adquirió una dimensión política adicional debido al respaldo público del presidente.
Antes de que comenzara el juicio, De La Espriella había solicitado que el Gobierno acompañara institucionalmente a Plazas Vega.
Después del veredicto, celebró públicamente la decisión y volvió a referirse al coronel retirado en términos favorables.
La reacción presidencial muestra que el proceso de Miami trascendió el ámbito estrictamente judicial y se convirtió también en un asunto de interés político, especialmente por el debate alrededor del papel de las Fuerzas Militares durante la retoma del Palacio de Justicia.
El fallo, sin embargo, corresponde a una decisión de un jurado estadounidense dentro de un proceso civil concreto.
Un capítulo más de un caso que sigue generando debate
Casi 41 años después de la toma y retoma del Palacio de Justicia, el nombre de Plazas Vega continúa asociado a uno de los episodios más controvertidos de la historia colombiana reciente.
El veredicto de Miami agrega un nuevo elemento a esa historia: un jurado federal determinó que el coronel retirado no debía responder civilmente por las reclamaciones presentadas por las hijas de Carlos Horacio Urán.
En Colombia, Plazas Vega ya había sido absuelto por la Corte Suprema en el proceso penal que enfrentó por otros hechos relacionados con la retoma.
Ahora, la decisión estadounidense constituye otro resultado judicial favorable para el exmilitar, aunque corresponde a un proceso de naturaleza diferente.
Para las víctimas y familiares, el fallo representa un resultado adverso a sus pretensiones en este proceso específico. Los antecedentes del caso y las distintas decisiones judiciales continúan siendo objeto de análisis histórico y jurídico.
¿Qué dijo Abelardo De La Espriella?
El presidente celebró el fallo y publicó en sus redes sociales: “Se hizo justicia con un héroe de la Patria. ¡Que viva Cristo Rey!”.
¿Qué decidió el jurado de Miami?
El jurado determinó de manera unánime que Plazas Vega no era civilmente responsable frente a las reclamaciones presentadas por las hijas de Carlos Horacio Urán.
¿El proceso en Estados Unidos era penal?
No. Se trató de un proceso civil presentado bajo la Torture Victim Protection Act. Por ello, el juicio no buscaba imponer una pena de prisión.
¿Quién demandó a Plazas Vega?
La demanda fue presentada en 2022 por Helena Urán Bidegain, Xiomara Urán y Mairée Urán Bidegain, hijas del magistrado Carlos Horacio Urán.
¿Qué ocurrió previamente con Plazas Vega en Colombia?
El coronel retirado enfrentó un proceso penal relacionado con hechos del Palacio de Justicia y posteriormente fue absuelto por la Corte Suprema de Justicia. El proceso estadounidense era diferente y se concentró en las reclamaciones civiles relacionadas con la muerte de Carlos Horacio Urán.
¿El fallo estadounidense determina quién fue responsable de todos los hechos del Palacio de Justicia?
No. El veredicto se refiere a la responsabilidad civil de Plazas Vega frente a las reclamaciones concretas presentadas en ese proceso. No constituye una decisión general sobre todos los hechos ocurridos durante la toma y retoma del Palacio de Justicia.