Economía

Nuevo cobro en Bogotá desde 2027: propietarios de algunos conjuntos deberán pagar más

Nuevo cobro de alumbrado público para algunos propietarios en Bogotá

Nuevo cobro: La sobretasa para financiar la modernización del alumbrado público se cobrará junto con el impuesto predial. El valor dependerá del avalúo y del uso del inmueble; vivir en un conjunto residencial no significa que todos deban pagarla.

Los propietarios de apartamentos, casas, oficinas y locales comerciales en Bogotá deberán revisar cómo cambiará el pago de sus impuestos a partir de 2027. Una reforma tributaria distrital incorporó una sobretasa al impuesto predial destinada a financiar la modernización y el mantenimiento del alumbrado público de la capital.

La medida ha generado preguntas entre quienes viven en edificios y conjuntos residenciales, especialmente por la posibilidad de que represente un gasto adicional en el presupuesto del próximo año. Sin embargo, el cobro no será igual para todos: dependerá de factores como el estrato socioeconómico, el avalúo catastral y la destinación del inmueble.

¿Quiénes tendrán que pagar el nuevo cobro en 2027?

La sobretasa está asociada al impuesto predial unificado y busca financiar las inversiones que necesita Bogotá para modernizar su infraestructura de iluminación urbana.

De acuerdo con la información publicada por la Secretaría Distrital de Hacienda, las viviendas de estratos 4, 5 y 6 tendrán una tarifa de 0,4 por cada 1.000 pesos del avalúo catastral. En los estratos 1, 2 y 3, la tarifa será de cero bajo las condiciones establecidas, aunque existe una excepción para inmuebles cuyo valor utilizado para calcular el impuesto supere las 20.000 UVT, equivalentes aproximadamente a $1.047 millones en 2026.

Para los predios comerciales, industriales y financieros se contemplan tarifas diferenciadas según su clasificación y uso. En estos casos, es importante revisar la categoría tributaria específica del inmueble antes de calcular el valor que deberá pagarse.

Esto significa que dos inmuebles ubicados en un mismo conjunto podrían tener tratamientos distintos. Un apartamento residencial y un local comercial, por ejemplo, no necesariamente estarán sujetos a la misma tarifa.

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¿Cuánto dinero adicional podría representar?

El valor dependerá del avalúo catastral y de la tarifa que corresponda a cada propiedad.

Como ejemplo, para una vivienda con un avalúo de $500 millones a la que se aplique una tarifa de 0,4 por cada 1.000 pesos, el cobro anual sería de aproximadamente $200.000.

Este cálculo es ilustrativo: no significa que todos los propietarios deban pagar esa cantidad. El monto final dependerá de las características de cada predio y de las condiciones que se apliquen en la liquidación tributaria.

La sobretasa se relacionará con el pago anual del impuesto predial. Por tanto, no corresponde a un nuevo cobro mensual en la factura de energía ni a un incremento automático de la cuota de administración del conjunto residencial.

¿Los estratos 1, 2 y 3 también tendrán que pagar?

Como regla general, las viviendas de estratos 1, 2 y 3 estarán exentas de esta sobretasa cuando el valor utilizado para calcular el predial no supere las 20.000 UVT.

En 2026, ese límite equivale aproximadamente a $1.047 millones. Por ejemplo, una vivienda de estrato 2 con un valor de referencia de $300 millones no tendría que pagar la sobretasa de alumbrado público bajo estas condiciones.

La reforma también contempla protecciones para hogares en situación de pobreza extrema, pobreza moderada o vulnerabilidad. No obstante, los propietarios deben consultar las condiciones específicas de aplicación y los beneficios que puedan corresponderles.

Es importante distinguir esta sobretasa de otros cambios tributarios que puedan afectar el impuesto predial. Que una vivienda no deba pagar el nuevo cobro de alumbrado no significa, por sí solo, que el valor total de su predial vaya a permanecer igual en 2027.

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¿El nuevo cobro llegará en la factura de energía?

No. La sobretasa no se incorporará como un cobro mensual en el recibo de luz.

La financiación de la modernización del alumbrado público se realizará mediante un componente asociado al impuesto predial unificado. Por eso, el efecto económico se reflejará en la liquidación tributaria anual del inmueble, según las condiciones que le correspondan.

En el caso de las personas que viven en arriendo, la medida tampoco crea automáticamente una obligación mensual adicional en su factura de energía. La sobretasa está vinculada al predio y a su liquidación tributaria; cualquier efecto sobre otros pagos dependerá de las circunstancias particulares y de los acuerdos aplicables.

¿Para qué se utilizarán los recursos?

La Administración distrital busca financiar la modernización del alumbrado público mediante tecnologías como luminarias LED y sistemas de telegestión, que permiten monitorear y administrar de forma más eficiente la infraestructura.

El objetivo es mejorar el funcionamiento de la iluminación urbana y facilitar la detección de fallas, el control remoto de luminarias y la gestión del consumo energético.

Durante la discusión de la reforma, la Administración estimó que la sobretasa podría representar cerca de $363.407 millones anuales en ingresos adicionales. Esa cifra corresponde a una proyección de recaudo y no al monto que pagará cada propietario.

¿Qué deben revisar los propietarios antes de 2027?

Para evitar sorpresas al momento de recibir la liquidación del impuesto predial, los propietarios pueden comenzar por verificar:

  • El avalúo catastral: es uno de los datos que se utilizarán para determinar el cobro.
  • El estrato del inmueble: las tarifas residenciales varían según la clasificación socioeconómica y las condiciones establecidas.
  • El uso registrado: las viviendas, oficinas y propiedades comerciales pueden tener tratamientos diferentes.
  • Los beneficios aplicables: algunos hogares pueden estar cobijados por protecciones tributarias específicas.
  • La liquidación oficial: el valor definitivo debe confirmarse con la Secretaría Distrital de Hacienda.

La sobretasa representa un cambio en la financiación del alumbrado público de Bogotá, pero no afectará de la misma manera a todos los propietarios. La recomendación es revisar las características de cada inmueble y consultar la información oficial antes de proyectar los gastos de 2027.

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Periodista antioqueño buscando historias donde otros solo ven rutina. Apasionado por el periodismo de calle, la cultura urbana y las transformaciones que mueven Antioquia.
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